DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 345, 347, 349, todos del Código Orgánico Procesal Penal, declara: PRIMERO: CULPABLE a los ciudadanos GILBERTO RAMON CAMPOS CONTRERAS, venezolano, nacido en fecha 22-09-1994, de 20 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.605.833, de profesión u oficio ayudante de albañilería, grado de instrucción Segundo año, residenciado en Carapal de Manamito, calle Principal, casa S/N, a cuatro casas de la Escuela, hijo Carmen Contreras (v) y Tereso Campos (v) y ASDRUBAL JOSE CONTRERAS, venezolano, nacido en fecha 12-08-1993, de 22 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identida.....