este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Declara CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, de los cónyuges LEONARDO ANTONIO NATERA AVILA y YOLGELIS YAKELIN ASTUDILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V – 20.853.680 y V – 28.703.593, respectivamente. En consecuencia de ello, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, celebrado, en fecha 21 de diciembre de 2012, por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, tal como se evidencia del acta de matrimonio asentada con el Nº 389, paginas N° 141, del libro de matrimonio del año 2012, que anexaron y que riela al folio 04, 05 y su vueltos, del presente asunto. En relación a las instituciones familiares d.....