El Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional, Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la demanda intentada por la Ciudadana GLENNYS CAROLINA CARRION venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° 18.073.215, domiciliada en la carretera Nacional vía Tucupita- El Cierre, sector a unos metros del Hotel Saxxi, casa sin número, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, asistida por la Abogado SARITA LAREZ RAVELO, Inpreabogado N° 37.479, interpuso demanda contra la Ciudadana MIRIANDY IRENA MATHURA CALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.566.610, todo ello a tenor de las disposiciones previstas en doctrina jurisprudencial fechada 28-10-93, Sala de Casación Civil, extinta Corte Suprema de Justicia, criterio que se acoge a los artículos 242, 243, 246, 248 y 321, Código de Proce.....