DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL Y LA ACCESORIA, a favor del penado PEDRO JESÚS RIVILA, venezolano, natural de San Félix, de 51 años de edad, con cédula de identidad N° 4.941.252, residenciado en San Félix Estado Bolívar, Nueva Chirica Calle G, casa S/N, en una residencia, Sector Cocalito, de profesión u oficio albañil y electricista, de estado civil soltero, de esta Ciudad; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano en relación con la agravante establecida en el a.....