este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 452, 177, 518 y 383 literal b, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 263 del código de Procedimiento Civil, Homologa como en efecto así hace en este acto, el desdisitimiento del presente proceso de OBLIGACION DE MANUTENCION, y por cuanto no hay controversia alguna que dirimir se acuerda librar oficio a la Zona Educativa Numero 23, del estado Delta Amacuro, a los fines de que se dejen sin efecto la medida de embargo que recae sobre el sueldo y demás beneficios que percibe el Ciudadano CECILIO YSIDRO RUIZ GUARIGUATA, titular de la cedula de identidad Nº V-9.864.333, por ante dicho ente, del mismo modo se acuerda librar oficio a la OCC a los fines de que realice los trámites correspondientes pa.....