DISPOSITIVA
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se le impone al imputado de autos LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ CARRIÓN, medida cautelar sustitutiva, de las previstas en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la obligación para el imputado de presentarse periódicamente cada treinta días por ante este Tribunal, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y la Familia.
2.- Se ordena la aplicación del procedimiento ordinario y la remisión en su debida oportunidad de lo actuado a la Fiscalia Segunda del Ministerio Público.
Regístrese, diarícese, remítase con oficio el expediente y déjese copia certificada.
EL JUEZ.,
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