DISPOSITIVA
Con fundamento de lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se admite la acusación interpuesta por el Fiscal Primero del Ministerio Público, por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado PINTO RODRÍGUEZ SERGIO RAFAEL, quien es venezolano, natural de Tucupita, nacido en fecha 14-08-1958, DE 45 AÑOS DE EDAD, soltero, de ocupación chofer, hijo de Sergio Rosario Pinto y Rosa Elena Rodríguez de Pinto, titular de la cédula de identidad N° 8.545.156 y residenciado en el Barrio Libertad, Casa N° 8, frente al Parque Libertad, Municipio Tucupita, en la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, cometido en perjuicio d.....