este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, por todo lo antes narrado y en uso de sus atribuciones legales, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; por uso de la analogía respecto al caso analizado, resuelve: declarar su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA y DECLINA LA COMPETENCIA, del presente asunto de Título de Único y Universal Heredero, interpuesta por la ciudadana CRUZDELYS NORIBEL YÁNEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.580.405; al Tribunal Primero de Primero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro; a fin de que conozca de la presente demanda, de conformidad con el artículo 40 del Código de Procedimiento Civil . Líbrese el o.....