Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO UNICO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCION por PRESCRIPCION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber transcurrido más de CINCO (5) AÑOS desde su incumplimiento y dicho tiempo es suficiente para PRESCRIBIR ESTE CASO, todo de conformidad con los artículos 616 y 645 ambos de la LOPNNA, DECLARANDOSE LIBERTAD PLENA. Se deja sin efecto Acta de localización de fecha 25/01/2012, así mismo se deja sin efecto oficio Nº 086-2012, de fecha 25 de enero de 2012, y oficio Nº 492-2013, remitido al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Su- Delegación Tucupita, mediante el cual se solicita la ubicación del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA exclusión del sistema SIPOL, para lo cual se ordena remitir oficio al C.....