Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por la Abogada ANA CECILIA MORA, Fiscal Segunda del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta en fecha veintisiete (27) de octubre de do mil seis (2.006) ante el Instituto Autónomo de Seguridad Ciudadana y Transporte, por la ciudadana SILEMYS ANILEC MARCANO CEDEÑO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacida el dia 24 de febrero de 1.988, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, cédula de identidad Nº V-18.386.070 y residenciada en Barrio La Esperanza, calle principal, casa de color azul, sin núme.....