DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Único de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del ciudadano IVAN JOSE ALBELAEZ LOPEZ, titular de cedula de identidad Nº V-14.311.212, natural de Guiria, estado Sucre, fecha de nacimiento 22/04/1976, de 39 años, Profesión u Oficio Comerciante, estado civil Soltero, residenciado Santa Marta de Cocuina, vía nacional, por donde está el estadio, una de dos plantas, arriba de color de blanco, y debajo de color naranja, al lado de bodega de la señora Flavia, quien fue procesado por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 4º en concordancia con los artículos 80 y 82 del Código.....