Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: A tenor del primer aparte del artículo 293 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la devolución del vehículo distinguido con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO BLAZER 4X4, COLOR: ROJO, CLASE: CAMIONETA, TIPO: SPORT WAGON, PLACA: AE003ZG, SERIAL MOTOR: T1010UHFCTK121419, TC, AÑO: 1997, N.I.V: 8ZNDT13W6VV312207, PLACA: AE003ZG, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZNDT13W6VV312207, USO: PARTICULAR, al ciudadano VICTOR MANUEL LÒPEZ MARICHALES, titular de la cedula de identidad Nº 13.744.871, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, con fecha de nacimiento 05-06-1990, de 36 años de edad, de estado civil Solter.....