PRIMERO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL CAUTELAR INNOMINADA A LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA desarrollada en lotes de terreno identificados #2, #4, #5, #6, #7, #8, #10 y #11, ocupadas por los ciudadanos Evelio Pulido, José Malavé, Carmen López, Paulina Malavé, Norvis Rivas, Alexis Malavé, Rogelio Malavé, Alexandro Malavé y Susan Ramos, en el Sector Agua Negra de Miraflores del Delta, Parroquia San Rafael, Municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro; ordenándosele al Carlos Manuel Valderrey Meta, domiciliado en el Sector Agua Negra de Miraflores del Delta, Parroquia San Rafael, municipio Tucupita, Estado Bolivariano Delta Amacuro, abstenerse de continuar haciendo actos que conlleven a la interrupción de la producción agrícola.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, este Juzgado con el fin de evitar que los semovientes (ganado vacuno, bufalino, equino) del ciudadano Carlos Valderrey Meta, cause destrucción, paralización, desmejora o ruina a la producción agríco.....