DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Juicio Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano: JOSE MARQUEZ HEREDIA, venezolano, natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, nacido en fecha 10-06-1973, de 36 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero electricista, labora en la ONA, hijo de Santa Heredia de Márquez (v) y Guillermo Marqués (f), residenciado en los cedros, casa numero 02, calle principal, Tucupita Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº 11.210.447, teléfono numero 0416-7979566, a cumplir la pena de (04) años de prisión, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionados en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotró.....