este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de del solicitante: NIORQUINO JESUS GARCIA SISO, y los Ciudadanos: GARCIA SISO HENDRICK AQUIORMY, GARCIA SISO GEILYS DELIANA DEL VALLE, GARCIA SISO OMAIQUIL AQUILINO, GARCIA SISO QUIOMAR JOSE, GARCIA SISO GEORQUIS MANUEL, GARCIA SISO QUIORALMIS DEL VALLE, y GARCIA SISO (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos, mayores de edad, adolescente la última de las nombradas, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V- 16.698.006, V-16.698.113, V-18.073.407, V-18.073.408, V-19.403.446, V-21.676.300, V-18.073.409 y V-21.676.301, respectivamente, y el ciudadano AQUILINO GREGORIO GARCIA FERMIN, venezolano, mayor de edad, titular del Cédula de Identidad N°V-8.548.472, según consta de partidas d.....