DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y reservado, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLES a los ciudadanos ELWIN ALAND QUIJADA, venezolano, de 40 años de edad, nacido el 13 de abril de 1976, comerciante residenciado en barrancas del Orinoco, calle bolívar, al lado de la panadería flor de Monagas, estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº 13.263.101, correo electrónico: edwin1976gmail.com, teléfono: 04148833119, hijo de Selsa Quijada (V) y Américo Luna (f) y DENNY ALBERTO FIGUERA, .....