este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO GIBORY BRAVO Y CARMEN ELVIRA SANCHEZ LANDAETA, suficientemente identificados en autos, y en consecuencia de ello, disuelto el vínculo matrimonial celebrado en fecha 28 de diciembre de 1993, por ante la Primera Autoridad Civil del Departamento Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro.
En virtud que los ciudadanos: JOSE GREGORIO GIBORY BRAVO Y CARMEN ELVIRA SANCHEZ LANDAETA, plenamente identificados en autos, en la solicitud convinieron lo que respecta a las instituciones familiares de su hijo, por no ser manifiestamente ilegal o contrario a cualquier norma expresa de la Ley, este Tribunal le impar.....