este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar CON LUGAR la solicitud de Tutela y conformado el Consejo de Tutela, a favor las niñas (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de 10 y 04 años de edad, respectivamente, en los siguientes términos: Tutora: Ciudadana PERCEBERANDA YSMELIA GASCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V–11.205.282. Protutor: ROMER EMILIO REQUENA OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.954.304. Suplente del Protutor: Ciudadana ROSIS TERESA REQUENA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V–9.861.391 y por el Consejo de Tutela: los Ciudadanos OSWALDO JOSÉ MOSQUEDA, JOSEFA.....