DECISION
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano GONZALEZ NAVARRO EURIS RAMÓN, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3° en concordancia con lo señalado en el numeral 8° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE Y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 453 y 418 del Código Penal, cometido en perjuicio de NARVAEZ DORGELIS TOMAS, al estar evidentemente prescrita la acción penal correspondiente, toda vez que desde el 29-08-2001 a la presente fecha ha transcurrido más de TRES (03) AÑOS, transcurriendo así un tiempo holgadamente superior al fijado por la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 6° del .....