En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de XX años de edad, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Tucupita, del Estado Delta Amacuro, durante el año 2004, asentada bajo el NUMERO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS (1.196), folio Nº 96, Tomo 8-A, y se ORDENA RECTIFICAR, en forma sumaria al Jefe del Registro Civil del Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro y ESTAMPAR la debida NOTA MARGINAL en la Partida de Nacimiento de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a fin de que se escriba correctamente el pronombre de la madre de la mencionad.....