Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por a ciudadana CAMACHO CASTAÑEDA ILIANA MARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.169.022, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), la cual tiene una superficie de terreno que mide: DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y UN CENTIMETROS (280,91 Mts2) y un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TRECE CENTIMETROS (42,13 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: calle principal con (21,37 mts); SUR: propiedad que es o fue de Iraima Lira con (22,35 mts); ESTE: Transversal Nº 01 con (11,55 mts) y OESTE: propiedad que es o fue de Iiana Camacho con (12,58 mts), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Pr.....