DECISIÓN
En razón de lo antes expuestos, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de los ciudadanos: DIONICIO ALFONZO VERGARA VILORIA y EDILIA JOSEFINA LEON, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.782.943 y -3.049.963, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, estado Delta Amacuro, y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO declara CON LUGAR de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, la solicitud a favor de los ciudadanos: ISOL TERESA ZAMBRANO DE RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-3.049.861, ALONSO JOSE ZAMBRANO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-4.514.769, EVELIN CRISTINA ZAMBRANO DE TORRIVILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.336.785, MIRIAN ESTHER ZAMBRANO DE AZOCAR, titular de la cédula de identidad Nº V-8.926.999, ELIZABETH AURORA ZAMBRANO ZAMBRANO, titular de la cédu.....