En razón de lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara CON LUGAR la solicitud de traslado del penado: LUIS JOSE GALINDO URRIETA, venezolano, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.900.929, para la Cárcel de Vista Hermosa, Municipio Autónomo Heres, Estado Bolívar, solicitada por el Director del Reten Policial Guasina TIBURCIO JOSÉ PARRA, con el rango Inspector Jefe de la Policía del Estado Delta Amacuro, y por consiguiente AUTORIZA EL TRASLADO del penado desde la sede del Reten policial de Guasina de esta Ciudad, hasta la Cárcel de Vista Hermosa del Municipio Autónomo Heres, Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en el artículo 481 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 19, 43 , 272 y .....