este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada por los Ciudadanos LUIS ALBERTO JARAMILLO ARIAS y CELENIA DEL CARMEN LIRA LIRA, suficientemente identificados en autos, y en consecuencia de ello, disuelto el vínculo matrimonial celebrado en fecha siete (07) de abril de mil novecientos ochenta y siete (1987) por ante la Jefatura Civil del Departamento Tucupita Capital del Territorio Federal Delta Amacuro
En virtud que los Ciudadanos LUIS ALBERTO JARAMILLO ARIAS y CELENIA DEL CARMEN LIRA LIRA, plenamente identificados en autos, en la solicitud convinieron lo que respecta a las instituciones familiares de su hija, por no ser manifiestamente ilegal o contrario a cualquier norma expre.....