esta Juzgadora del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, y en consecuencia, ACUERDA:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la ciudadana OSEGLYS DEL VALLE PEREZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.751.153, domiciliada en la Carretera Nacional Tucupita-El Cierre, Sector Paloma, casa sin número, Jurisdicción del Municipio Tucupita.
SEGUNDO: Designar como curador AD-HOC, a la ciudadana GLADYS ESPERANZA DIAZ DE PEREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-2.169.692, domiciliada en la en la Carretera Nacional Tucupita-El Cierre, Sector Paloma, casa sin número, Jurisdicción del Municipio Tucup.....