Por lo arriba expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se decreta el sobreseimiento de la presente causa, seguida al ciudadano LEONARDO DÍAZ TORRES, titular de la cédula de identidad N° 20.159.769, de conformidad con lo pautado en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, al haberse extinguido la acción penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción, de conformidad con lo pautado en el artículo 108 numeral 6° y 110 del Código Penal y 48 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se decreta el cese de las medidas de coerción personal, de conformidad con las previsiones del artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese y déjese copia certificada.