Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS venezolana, titular de la cédula de identidad N° 4.513.462, con domicilio procesal Urb. La Fundación. Calle 2, casa N° 27 de esta ciudad, en contra del ciudadano JESUS ENRIQUE VILLALABOS MORALES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.517.592. En consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une celebrado en fecha 05/03/1999 por ante el Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción del Estado Delta Amacuro, insertada bajo el N° 08, folios Vto. del 137, 138 su Vto. al 139 de los Libros de Registro Civil de Matrimonio de ese año.
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