PRIMERO: Se confirma la decisión del Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 04 de Octubre de 2016, causa YP01-P-2016-003947, en donde, entre otros pronunciamientos, decretó privativa de libertad al ciudadano RAY LUIS MOLERO, por el delito de Homicidio intencional Calificado por motivos Fútiles, Innobles y con Alevosía, previsto en el artículo 406 ordinal 1º, del Código Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada ZULLY SARABIA HURTADO, Defensora Pública Sexta (6ª)