DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control N° 1, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se admite parcialmente la acusación en contra del acusado Rómulo Arquímedes García, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 16.216.911 hijo de Neosmeli Luisa García (V) Ángel Zacarías (V), natural de Tucupita Estado Delta Amacuro, grado de instrucción 4to grado de Educación primario, nacido en fecha: 18/08/79, domiciliado en el Sector La Esperanza Calle Principal, casa Numero S/N, de color verde cerca del Muro de contención de esta ciudad de oficio Albañil por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal vigente para el momento de la ocurrencia de los hechos, actualmente 456, en concordancia con los artículos 80 y 82 Ejusdem en perjuicio del ciudadano Rodríguez Cipria.....