DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Decreta la suspensión condicional de la ejecución de la pena, al penado de autos RONNY JOSE BERIA IDROGO, titular de la cedula de identidad N° 17.524.209, al reunir las exigencias del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le fija un régimen de prueba de un (01) año, sujeto al cumplimiento de las condiciones que quedaron aquí descritas.
2.- Líbrese boleta de citación al penado RONNY JOSE BERIA IDROGO, titular de la cedula de identidad N° 17.524.209, a fin de que concurra a este despacho en el lapso de 3 días hábiles después de haber sido citado, para imponerlo personalmente del contenido del auto y del deber en que se encuen.....