DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda revocar la Medida Cautelar Sustitutiva contenida en el Ordinal 8° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal al imputado: IMER ARGELIO FLORES BOLVAR, Venezolano, de 35 años de edad, domiciliado en sector Paloma, sector cuatro, casa sin numero, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad No. 11.209.841, quien esta debidamente asistido por la Defensora Pública DRA. MARIA BELEN LOPEZ, acordándose su inmediata libertad. Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
EL SECRETARIO
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