DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a personas POR IDENTIFICAR, respecto de la denuncia interpuesta por la Ciudadana: ANGELICA BEATRIZ HIDALGO RODRÍGUEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.128.315, domiciliada en el Triunfo, sector 01, calle Miranda casa sin número, Municipio Casacoima Estado Delta Amacuro, en fecha 07 de Marzo del 2008, hechos que dieran inicio a la investigación; de conformidad con lo previsto en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 34 numeral 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y artículo 285 numeral 4 de la Constitución de la República Boliva.....