´IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 242, 243, 263, 264, 450 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1364 del Código Civil, HOMOLOGA el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por el ciudadano REYES MAURICIO CARABALLO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.954.226, domiciliado la Avenida Orinoco, Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro,parte demandada en la presente causa intentada por la ciudadana GREGORIA JOSEFA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.207.127, con domicilio en la Avenida Orinoco, Municipio Tucu.....