DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de control Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: No admite la acusación presentada por el Fiscal Primero del Ministerio Público, en la presenta causa seguida al ciudadano RAFAEL LEONIDES RODRIGUEZ RIVAS, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 21/04/1971, de 39 años de edad, de estado civil soltero, nacido, de 3° año de educación básica, de profesión u oficio promotor social de la Gobernación del Estado, residenciado en las Mulas, segunda cuadra al lado del Estadium, sector Palo Blanco, Tucupita Estado Delta Amacuro, con teléfono 0414-997-0023, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.263.650, declarándose en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO; de conformidad con .....