Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se ordena la partición de los siguientes bienes:
1. Un bien inmueble constituido por una casa de habitación, cuyos linderos son: NORTE: Calle Pativilca; SUR: Teófila Velásquez; ESTE: Ambrosio Valdivieso y OESTE: Iglesia Evangélica, con una superficie de 389,36 metros cuadrados y área de construcción de 327,36 metros cuadrados, ubicada en la calle Pativilca, registrado en la Oficina Subalterna de Registro Público del estado Delta Amacuro, y ante el Juzgado del Departamento Tucupita bajo el Nº 404, folios 52 al 53, libro de autenticaciones de fecha 10/11/1983.
2. Un bien inmueble enclavado en una parcela de terren.....