Primero: Se declara INADMISIBLE DE MANERA SOBREVENIDA, el recurso de apelación interpuesto ciudadana LEDA MEJIAS , Defensora Publica Primera de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, en su condición de defensora del Adolescente: Identidad Omitida, contra del auto dictado en fecha 30/04/2015, por el Tribunal Primero de Primera en Funciones de Control de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de conformidad con lo establecido en Artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.