Por los razonamientos antes expuestos de hecho y derecho, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en función de JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al acusado, GREGORIO RODRIGO MENDOZA RANGEL, Titular de la Cédula de Identidad Nro, V ¿ 9.866.358, con presentaciones periódicas de cada Ocho 8 días por ante la Oficina de Alguacilazgo a la orden del Tribunal de Juicio, la prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fijó el Tribunal, y estar atento al proceso ya que se encuentra fijada la Audiencia del Sorteo Ordinario, para el día 30-01-2007 a las 02:00 p.m. de conformidad con lo establecido en el artículo 344 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artícu.....