Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones con competencia múltiple en lo Civil, Mercantil, Tránsito Bancario y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a los fines de garantizar el derecho de los ciudadanos venezolanos de ser juzgados por jueces imparciales y objetivos, consagrado en el Artículo 49.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículo 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, en concordancia con el Art. 1 y 104 del Código Orgánico Procesal Penal: Declara CON LUGAR la INHIBICION propuesta por el ciudadano Abg. Abg. LUIS GERARDO CARABALLO GARCIA, de nacionalidad venezolana, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, mayor de edad, de profesión abogado, titular de la cédula de identidad No. V-9.866.188, en la actualidad Juez de Juicio del Circuito Judicial Penal del Est.....