Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente demanda de Reivindicación, intentada por el ciudadano Jhonny Cruz Antonio Laya Mieires, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.546.309, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Bartolo Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 150.976 contra la ciudadana Yaritza Josefina Custodio Ozuna, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.967.121. SEGUNDO: Declina su competencia para conocer de la presente demanda de Reivindicación al Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscr.....