Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, SEDE PUERTO CABELLO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo en el juicio intentado por los ciudadanos RAUL FELIPE GONZALEZ, FRANCISCO SEQUERA, VICTOR BOLIVAR, JOSE BLANCO Y OTROS, en contra de la entidad de trabajo DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A.