DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Revoca por incumplimiento, a los ciudadanos SALAZAR ACOSTA AGAPITO JOSÉ, titular de la cédula de identidad Nº 13.387.038 y ZARAGOZA ZABALA LUIS RAMÓN, titular de la cédula de identidad Nº 17.055.040, la medida cautelar acordada en fecha 08 de diciembre de 2006, consistente en el régimen de presentaciones cada quince días, de conformidad con el artículo 262 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena su búsqueda y captura, para lo cual se acuerda oficiar a los distintos organismos de seguridad del Estado, para que ubiquen, capturen y pongan a la orden de este Tribunal, a los mencionados ciudadanos.
Regístrese, diaricese, déjese copia certificada,.....