De todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente demanda de PARTICIÓN HEREDITARIA DE BIENES COMUNES, interpuesta por la ciudadana AUROLY J. SEIJAS MARIN, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 120.197, Apoderada Judicial de los ciudadanos DENIS DEL VALLE RONDON SOTO, MARITZA DEL VALLE RONDON SOTO y CARLOS JOSE RONDON SOTO, contra los ciudadanos EMILIO RONDON JARAMILLO, MAYRA RONDON SOTO, MIRNA RONDON SOTO, EMILIO JOSE RONDON SOTO y JOSE RAFAEL RONDON SOTO. Se ordena el archivo de la misma.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia Certificada, en el archivo de este Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho, del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancari.....