DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECIDE: UNICO: SE REVISA Y SE SUSTITUYE la medida de prisión preventiva como medida cautelar, que fuera decreta en fecha veinticuatro (24) de Agosto del año dos mil dieciséis (2016), en relación al Joven Adulto, IDENTIDAD OMITIDA , por encontrarse presuntamente incursa en la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previstos y sancionados en el Artículo 406, NUMERAL 01 del Código Penal y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE FRUSTRACION previstos y sancionados en el Artículo 406, NUMERAL 01 del Código Penal, en relación con el artículo 80, eiusdem, por cuanto han variado las circunstancias que mot.....