este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 263, 264, 265 y 266, del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta DESISTIDO el presente asunto de COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA, interpuesto por los ciudadanos LOIDA FIDELINA CÓRCEGA DE OCANDO y RUBÉN HERNÁN OCANDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8.950.113 y V-8.950.424, respectivamente; en contra de los ciudadanos ROY EMERY OCANDO CORCEGA y KENDY DAYANA ROJAS MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.658.416 y V-21.325.917, respectivamente; en beneficio de la adolescente (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en .....