DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: CONDENA al ciudadano: RAMÓN EBIGIO MORENO, nacido en fecha 26 de febrero de 1969, de 36 años, titular de la Cédula de Identidad V-9.864.241, de profesión u oficio chofer, y residenciado en la Urbanización Delfín Mendoza, calle Principal, Casa Nro.2 de esta Ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se le condena a las penas accesorias de ley previstas en el artículo 16 de Código Penal; TERCERO: De conformidad con lo dispuesto e.....