por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: Se aprueba las personas responsables ofrecidas por la Defensa Pública, a favor del imputado José Daniel Baeza Carrión, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, fecha de nacimiento 09-07-85, edad: 23 años, hijo de Félix José Baeza (v) Brígida Carrión (v), Grado de Instrucción: primer año de Bachillerato, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.852.141, Ocupación: ayudante de albañilería, Estado Civil: Soltero, residenciado en el Barrio Jerusalén, calle principal, casa s/n, de la ciudad de Tucupita Estado Delta Amacuro, teléfono 0416-100-37-25, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 409 en relación con el 80 segundo aparte y artículo 277 ambos , de conformidad .....