PRIMERO: Se confirma la decisión del Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 22 de Febrero de 2013, causa YP01-P-2012-003263, en donde, entre otros pronunciamientos, condenó al ciudadano JESUS RAMON SIFONTES MEDRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.205.116 identificado ut supra, por el procedimiento por admisión de los hechos y en estricta aplicación de la norma Constitucional que establece que ninguna persona podrá ser sometida a una pena de prisión superior a los 30 años, es por lo que se ratifica la pena de 30 años de prisión, impuesta por el Tribunal A quo, mas las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano no aplicándose el numeral 2º de la referida norma, dando cumplimiento a la sentencia con carácter vinculante de la sala penal del tribunal Supremo de Justicia, que ordeno desaplicarla. Así se decide.