este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366, 469 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en relación a los acuerdos suscritos, la parte demandada el ciudadano ALCIDES RAYNIER ZACARIAS MARTINEZ, en su oportunidad expuso en los siguientes términos:
PRIMERO: En virtud de la demanda interpuesta por la ciudadana YSAURA KATIUSKA GASCON CONTRERAS, solicitando la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 180.000,00) por concepto de Obligaciones de Manutención insolutas, lo cual manifiesto en este acto que no es cierto ya que reconoció que le adeuda es la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.00.....