DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, conforme a los artículos 313 y 314, ambos del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal Uno de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se ADMITE en todas y cada una de sus partes la acusación interpuesta por la fiscalía Primera del Ministerio Público, contra el ciudadano; RANDY JOSE VARGAS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, titular de la cedula de identidad Nº 24.119.656, fecha de nacimiento 15-02-96, de 19 años de edad, hijo de Luzmelis Márquez (v) y Rolando Vargas (v), Profesión u oficio: Músico, Grado de instrucción: 3 Año, Residenciado la Pumalacas, calle 07, casa 04, cerca de la bodega las Pumalacas, Tucupita Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y.....