II
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
En tal sentido este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro a los fines de proveer sobre la señalada petición observa que, en fecha 25 de abril de 2013, la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en esta Circunscripción Judicial a través del Abogado Marco Labady Medina acusó a los ciudadanos: DAT LALL CARLOS, venezolano, con cédula de identidad Nº 20.885.300, nacido en fecha 15-09-1987, de 26 años de edad, de estado civil soltero; DAT LALL JONNEY, venezolano, con cédula de identidad Nº 20.885.301, nacido en fecha 30-01-1990, de 23 años de edad, de estado civil soltero; DOODNATUH SAAKAR, Indocumentado y CAIO DA SILVA MENDES, extranjero con pasaporte Nº 248238-2, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Or.....